martes, 17 de noviembre de 2020

COMPRA DE BIENES INMUEBLES EN MÉXICO POR EXTRANJEROS

Por la belleza de nuestro país, es muy común que los extranjeros que nos visitan tengan intención de adquirir algún inmueble, ya sea para vacacionar, invertir o incluso para mudar su residencia a nuestro país.

La pregunta es simple ¿Un extranjero puede adquirir un inmueble en México?

La respuesta corta es sí, pero existen 2 prohibiciones de acuerdo a las leyes mexicanas: 

1.- No pueden adquirir parcelas o terrenos ejidales

2.- No pueden adquirir inmuebles dentro de la ZONA PROTEGIDA. La zona protegida es en una faja de 100 km. a lo largo de las fronteras y de 50 km. en las playas, según lo señala el artículo 27, fracción I de nuestra Constitución Política. 

Existen 2 formas para “adquirir” un inmueble dentro de esa zona protegida:

1.- Por medio de una SOCIEDAD MERCANTIL, y

 2.- Por medio de un FIDEICOMISO.

Pero de eso hablaré en otra ocasión.


Una vez mencionadas las prohibiciones nos queda claro que todos los inmuebles fuera de ellas se pueden adquirir. El requisito fundamental para poder comprar un inmueble es firmar un CONVENIO DE RENUNCIA ante la Secretaría de Relaciones Exteriores por medio de la dirección general de asuntos jurídicos. El objeto de este convenio es establecer lo indicado en la famosa CLÁUSULA CALVO, en donde el extranjero conviene ante la SRE en ser considerado como mexicano respecto a la adquisición del inmueble y se compromete a no invocar la protección del Gobierno de su país para resolver cualquier controversia relativa al inmueble, a riesgo de perder, si no cumpliera con lo acordado, los bienes o inversiones en beneficio de la nación mexicana.

Con lo anterior se cubre el requisito señalado en el Artículo 27 Fracción I Constitucional y Artículo 10 A de la Ley de Inversión Extranjera. Cabe señalar que el trámite es gratuito y tenía como tiempo de respuesta 5 días hábiles (ahora por cuestiones de COVID está tardando un poco más y se está haciendo vía correo electrónico).

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