martes, 7 de septiembre de 2021

TESTAMENTO

 


🚨SEPTIEMBRE es el mes del testamento en México, las notarías públicas nos otorgan descuentos de hasta el 50% en trámites de TESTAMENTOS, esto con la intención de contribuir a una cultura de previsión, de certeza y seguridad jurídica.

¿Qué es un testamento

Documento por medio del cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte.


Recuerda que el TESTAMENTO:

 📌Es un trámite personal

 📌 Lo puedes modificar las veces que quieras

 

El testamento puede contener:

👉Establecer legados

👉Reconocer a un hijo

👉Reconocer una deuda

👉Constituir usufructo vitalicio

👉Establecer renta vitalicia

👉Constituir servidumbre de paso

👉Crear fideicomisos

👉Etc.


No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy, asesórate con tu notario.

martes, 15 de junio de 2021

PROMESA DE COMPRAVENTA Y COMPRAVENTA (BIENES INMUEBLES)

 


Es importante conocer las diferencias entre un contrato de PROMESA DE COMPRAVENTA y un contrato de COMPRAVENTA, lo que para algunos de nosotros es algo lógico, en la práctica es común observar contratos con confusión al respecto.

Por lo que de manera breve indicaré la forma de diferenciar esas dos figuras. Me estaré centrando en la COMPRAVENTA DE BIENES INMUEBLES.

 

La forma más sencilla de diferenciarlos es de acuerdo a su OBJETIVO:

*La PROMESA DE COMPRAVENTA tiene como objetivo LA CELEBRACIÓN POSTERIOR DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA.

*El contrato de COMPRAVENTA de bienes inmuebles tiene como objetivo la ENTREGA DE UN BIEN INMUEBLE A CAMBIO DE UN PRECIO.

 

🚨 El error más común en la PROMESA DE COMPRAVENTA es entregar dinero a cuenta del precio establecido por las partes, como enganche o abono a cuenta.

✅ Pero, ese error tiene una solución bastante sencilla, se puede entregar dinero, siempre y cuando se entregue por concepto de ARRAS o en calidad de DEPÓSITO EN GARANTÍA.

Es de suma importancia tener claridad sobre el tipo de contrato que firmamos, ya que podemos adquirir obligaciones sin quererlo.

Se ha vuelto tan frecuente la confusión entre estos 2 tipos de contrato que la TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ha señalado que en las promesas de venta en las que “no se contiene exclusivamente una obligación de hacer sino una de dar, o se entrega la cosa y se paga el precio en su totalidad o en parte, satisfacen los elementos necesarios para la existencia de la compraventa”, con independencia de la denominación que se le otorgue al contrato. De este modo, se está  en  presencia  de  un  contrato  informal  de  compraventa.

Si tiene alguna duda al respecto o simplemente quiere ampliar el tema puede contactarme en Facebook, Instagram o twitter como @rivedelatorre o bien por correo electrónico a abogadodelatorre11@gmail.com.